Censo/regularización
censo anual
Marco legal: Ordenanza N° 74/103 del 15/11/1974 que contiene la ley del servicio nacional de conformidad con la orden antes mencionada Durante el período oficialmente señalado, y cada año, se elabora un cuadro estadístico para los jóvenes argelinos residentes en el distrito consular y mayores de 18 años acompañados de su presencia
Consta de los siguientes documentos
- Acta de nacimiento original emitida por el municipio de nacimiento
- Su vigencia es inferior a 05 cinco años, copia de la tarjeta consular
- Certificado escolar del año en curso.
- El nombre del interesado al dorso tiene escritas dos 02 fotografías regulares
Nota: El consulado entrega un certificado de censo a los interesados, en cuanto a las personas que no se presentaron personalmente a censarse, se contabilizan automáticamente de acuerdo con la ley.
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